sábado, 28 de marzo de 2009

PRINCIPIOS DE COMERCIO EXTERIOR

Principios de Comercio Exterior y Aduanas
Introducción
Quienes llevamos algunos años transitando por el mundo del comercio exterior, vemos con preocupación que son pocos los que realmente conocen el tema, ya que son muchos los intentos que hemos visto de micros, pequeños, medianos y grandes empresarios de todo el país que no han obtenido el éxito deseado a la hora de sacar sus productos a competir al mercado internacional por desconocer las reglas del mercado global y además del no poder contar con asesoría especializada en el tema del comercio exterior. mas ver aqui

DEFINICION DE CARACTER TRIBUTARIO

DEFINICIONES DE CARACTER TRIBUTARIO

· Concepto de Tributo:
Tributos son las prestaciones pecuniarias que el Estado, o un ente público autorizado al efecto por aquél, en virtud de su soberanía territorial; exige de sujetos económicos sometidos a la misma.
Como noción general se dice que los tributos son "las prestaciones en dinero que el Estado exige en ejercicio de su poder de imperio en virtud de una ley y para cubrir los gastos que le demanda el cumplimiento de sus fines". mas informacion sobre definiciones de caracter tributario ver aqui

QUIENES ESTAN OBLIGADOS A PAGAR ISLR

Según la ley, están obligados a declarar y pagar el ISLR:
Todas las personas naturales y herencias yacentes asimiladas a estas, que hayan obtenido durante el ejercicio económico un enriquecimiento neto anual superior a mil unidades tributarias (1.000 U.T.) o ingresos superiores a mil quinientas unidades tributarias (1.500 U.T.)".
Las personas naturales que han obtenido ingresos brutos superiores a dos mil seiscientos veinticinco unidades tributarias (2.625 U.T.), los cuales se deriven únicamente de las actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras o piscícolas a nivel primario, salvo lo dispuesto en el Decreto de Exoneración N° 838 del 31/05/2000
Las personas naturales que tengan base fija en el territorio nacional, están obligadas a presentar declaración definitiva conforme a los enriquecimientos obtenidos dentro y fuera del país atribuible a dicha base fija, en caso de la personas naturales no residentes, están obligados al cumplimiento de este deber formal cualquiera que sea el monto de sus enriquecimientos.
Todas aquellas personas jurídicas (empresas) incluyendo a las que se dedican a actividades mineras y de hidrocarburos, están obligadas a presentar declaración definitiva por los enriquecimientos netos o pérdidas que obtengan durante el ejercicio. mas ver aqui

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA)


LEY QUE ESTABLECE EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
TITULO I
DE LA CREACIÓN DEL IMPUESTO
Artículo 1°. Se crea un impuesto al valor agregado, que grava la enajenación de bienes muebles,
la prestación de servicios y la importación de bienes, según se especifica en esta Ley, aplicable en
todo el territorio nacional, que deberán pagar las personas naturales o jurídicas, las comunidades,
las sociedades irregulares o de hecho, los consorcios y demás entes jurídicos o económicos,
públicos o privados, que en su condición de importadores de bienes, habituales o no, de
fabricantes, productores, ensambladores, comerciantes y prestadores de servicios independientes,
realicen las actividades definidas como hechos imponibles en esta Ley. mas informacion ver aqui

IMPORTANCIA DE DECLARAR IMPUESTOS


La importancia de la declaración de impuestos en Venezuela
Los impuestos, son aquellos tributos que deben pagar las personas naturales y las sociedades, por las atribuciones obligatorias establecidas en la Ley, derivado de la prestación de servicios y la explotación de productos en general.
Los impuestos nacionales, sirven para financiar los servicios y las obras de carácter general, que debe proporcionar el estado a la sociedad. Entre estos servicios destacan la educación, la salud, la seguridad, la justicia y las obras de bien para la ciudadanía en materia de infraestructura, lo relativo a la vialidad nacional y la infraestructura comunal. ver mas

NUEVA UNIDAD TRITUTARIA (UT) 2009

La unidad tributaria para el ejercicio 2009 es de 55Bs. Lo que significa un aumento del 19.55% aproximadamente a la del año 2008 (46)

miércoles, 25 de marzo de 2009

NUEVO PORCENTAJE DEL IVA (12%)

A partir del 1 de Abril el valor del IVA sera del 12%, Segun Decreto Presidencial